La Corte Internacional definió la disputa sobre la huelga: ¿Qué dijo?

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La disputa sobre si el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sumó un nuevo capítulo de alcance internacional. La Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, emitió una opinión consultiva en la que sostuvo que la libertad sindical reconocida en ese convenio incluye también la protección del derecho de huelga.

Aunque el pronunciamiento no es jurídicamente vinculante, representa un respaldo político y jurídico de peso para la interpretación sostenida históricamente por organizaciones sindicales y por los órganos de control de la OIT. La decisión llega además en un contexto de creciente tensión sobre los derechos laborales, restricciones a la protesta y reformas impulsadas en distintos países bajo argumentos de “modernización” o “productividad”.

La reacción sindical: “La paz social no se decreta desde arriba”

Desde el movimiento sindical latinoamericano, la decisión fue leída como una señal política en defensa de los derechos colectivos del trabajo. La Confederación Sindical de las Américas (CSA) sostuvo que el fallo “reafirma la vigencia y centralidad de los derechos de la clase trabajadora y fortalece la defensa de la libertad sindical a nivel global”.

Tras conocerse el dictamen, una de las primeras voces en pronunciarse fue la de Gerardo Martínez, secretario de Relaciones Internacionales de la Confederación General del Trabajo de Argentina (CGT): «Celebramos el fallo del día de hoy de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el cual ratifica que el derecho a la huelga es un derecho indiscutible del derecho a la libertad sindical, e integra el contenido esencial del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en un histórico respaldo de la Corte Internacional de Justicia: El derecho a la huelga es pilar fundamental de la libertad sindical».

En esa línea, el dirigente sindical argentino y secretario de Ambiente de AgoecGerardo Juara, planteó que el pronunciamiento de la Corte reconoce el papel estructural que cumple la huelga dentro del derecho colectivo del trabajo.

“El conflicto entre capital y trabajo no nace porque exista el sindicato. Nace de la propia estructura de la relación laboral”, afirmó. Y agregó: “Suprimir la huelga no elimina el conflicto: apenas lo expulsa del derecho”. Para Juárez, la decisión de la CIJ también implica reconocer que “la libertad sindical tiene una función civilizatoria: transformar el conflicto social inherente al trabajo en una dinámica jurídicamente organizada de presión, negociación y acuerdo”.

“La huelga no es la negación del orden jurídico; es una de las formas mediante las cuales el orden jurídico admite que la paz social no se decreta desde arriba, sino que se construye reconociendo poder colectivo a quienes trabajan”, concluyó.

Un conflicto que llevaba más de una década dentro de la OIT

El origen de la controversia se remonta a 2012, cuando el grupo de empleadores dentro de la OIT cuestionó que el Convenio 87 —aprobado en 1948 y referido a la libertad sindical— incluyera implícitamente el derecho de huelga. Según esa posición, los Estados nunca incorporaron de manera explícita ese derecho en el texto del convenio.

La discusión provocó un bloqueo institucional dentro de los mecanismos de supervisión laboral de la OIT y abrió una disputa entre gobiernos, empleadores y sindicatos sobre el alcance real de la libertad sindical.

Frente a la falta de consenso, el Consejo de Administración de la OIT resolvió en 2023 elevar la consulta a la CIJ para que emitiera una opinión jurídica sobre la interpretación del convenio ratificado por 158 países y utilizado además como referencia en normas de Naciones Unidas, lineamientos de la OCDE y acuerdos comerciales internacionales.

Qué dijo la Corte Internacional de Justicia

En su resolución, la CIJ afirmó que el “sentido ordinario” del Convenio 87, interpretado de buena fe y en función de sus objetivos, permite concluir que la protección de la libertad sindical abarca también el derecho de huelga.

Sin embargo, el tribunal aclaró que la opinión consultiva no define el contenido específico, el alcance ni las condiciones concretas de ejercicio de ese derecho, aspectos que seguirán dependiendo de las legislaciones nacionales y de los mecanismos internacionales competentes.

Durante las audiencias desarrolladas en octubre pasado en La Haya, la Corte escuchó exposiciones de 18 países y cinco organizaciones internacionales, incluida la OIT. La mayoría de las intervenciones respaldó la idea de que la huelga constituye una herramienta inseparable de la negociación colectiva y de la libertad sindical.

Un pronunciamiento con impacto internacional

La opinión consultiva de la CIJ no tiene carácter vinculante ni modifica de manera automática las legislaciones nacionales. Sin embargo, el pronunciamiento podría influir en futuros debates judiciales, legislativos e institucionales vinculados a la libertad sindical y a los mecanismos de negociación colectiva.

La resolución también respalda la interpretación sostenida históricamente por los órganos de control de la OIT, que consideran al derecho de huelga como parte de las garantías asociadas a la libertad sindical previstas en el Convenio 87.

El debate había permanecido abierto durante más de una década dentro de la OIT, luego de los cuestionamientos planteados por el grupo de empleadores sobre el alcance del convenio. Con esta opinión consultiva, la Corte Internacional de Justicia fijó una posición jurídica sobre una discusión que atravesaba al sistema internacional del trabajo.