Revés judicial para Capitanich y Soneira: confirman el avance de la causa por fraude y enriquecimiento

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La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó este miércoles la continuidad de la investigación penal contra el exgobernador del Chaco Jorge Capitanich y su exfuncionaria Marta Soneira, en el marco de una causa por presuntas maniobras de fraude al Estado, lavado de activos y otros delitos de corrupción.

La resolución judicial, a la que accedió Diario Chaco, fue firmada por las juezas Patricia Beatriz García y Rocío Alcalá, quienes rechazaron los planteos de nulidad presentados por las defensas de Capitanich, Soneira y un grupo de empresarios involucrados: Mauricio Ariel Cian, Nelson Ariel Pochón, Federico Storti y Leandro Nicolás Bessone.

El caso, que se tramita en el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, está a cargo del fiscal Carlos Amad y fue iniciado el 10 de marzo de 2025. Según la acusación, durante la gestión de Capitanich como gobernador (2019–2023) se habrían cometido serias irregularidades en la adjudicación de tierras fiscales y en la entrega de beneficios de promoción industrial a empresas privadas.

Una trama de adjudicaciones irregulares y beneficios económicos

El foco de la acusación está puesto en Marta Soneira, quien presidía el Instituto de Colonización del Chaco. El fiscal sostiene que, desde ese rol, Soneira habría favorecido de manera directa a su pareja y a empresarios amigos mediante actos administrativos irregulares. Esto se habría realizado, entre otras herramientas, mediante la modificación del “Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos” por Decreto 2157/22, que facilitó la entrega de tierras fiscales en zonas protegidas.

Los empresarios beneficiados habrían recibido tierras y estímulos fiscales sin cumplir con los requisitos legales ni respetar los mecanismos de control. Además de las acusaciones por fraude y lavado de dinero, Soneira enfrenta cargos por enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y negociaciones incompatibles con la función pública. Capitanich, en tanto, es señalado también por malversación de fondos públicos.

La defensa, los planteos y el rechazo judicial

Las defensas de los imputados —entre ellos la exministra de Seguridad Gloria Zalazar (en representación de Capitanich, Soneira y Cian), Nahir Barud (por Pochón) y Zacarías Issolio (por Storti y Bessone)— solicitaron la nulidad del requerimiento fiscal. Alegaron que el mismo no describía con precisión los hechos y que se estaba vulnerando el derecho de defensa garantizado por la Constitución.

En el caso puntual de Soneira, su defensa sostuvo que ya existieron investigaciones previas por los hechos relacionados con tierras fiscales que fueron archivadas, por lo que se estaría violando el principio de “non bis in idem”. También se señaló que ella no habría firmado las resoluciones cuestionadas, que habrían estado a cargo de otra funcionaria, Sheina Waicman.

Por su parte, Capitanich argumentó que su participación se limitó a la firma de decretos de adjudicación de tierras —un trámite formal exigido por ley— y que no intervino de forma arbitraria en la asignación de beneficios. A su vez, los empresarios negaron haber recibido trato privilegiado y remarcaron que ya desarrollaban actividades agrícolas o industriales previamente a la entrega de los terrenos.

No obstante, la jueza de primera instancia rechazó los planteos, al considerar que el requerimiento fiscal cumplía con las exigencias del artículo 188 del Código Procesal Penal: detallaba los hechos, las figuras penales aplicables, identificaba a los imputados y presentaba pruebas iniciales que sustentaban una sospecha razonable.

La Cámara convalidó la investigación

La Cámara Federal, al revisar la apelación, ratificó esa resolución. Las juezas García y Alcalá coincidieron en que el requerimiento fiscal no era vago ni general, sino que contenía una exposición clara de las conductas presuntamente delictivas. Indicaron que en la etapa de instrucción no se exige probar la culpabilidad de los imputados, sino simplemente reunir indicios suficientes para continuar la investigación.

Además, descartaron que se haya violado el principio de “non bis in idem”, ya que no se verifican los tres elementos necesarios para su aplicación (identidad de hecho, de persona y de causa). También rechazaron el argumento de que la indagatoria afecta el derecho de defensa, aclarando que se trata de una instancia clave para que los acusados puedan ejercer su defensa material.

Respecto a las críticas sobre la falta de intervención de otros organismos como la Fiscalía de Investigaciones Administrativas o el Tribunal de Cuentas, las juezas señalaron que esa etapa del proceso puede profundizarse una vez concluidas las declaraciones indagatorias.

Avanza la causa: se ordenó citar a los imputados

Con este fallo, la Cámara Federal de Apelaciones ordenó que los imputados sean convocados a prestar declaración indagatoria ante el Juzgado de origen, para avanzar en el esclarecimiento de los hechos.

El fiscal Carlos Amad ya había solicitado la convocatoria a indagatoria por considerar que existe una sospecha fundada de que los acusados participaron en una maniobra destinada a beneficiar a terceros en perjuicio del Estado, utilizando mecanismos administrativos irregulares.

Se trata de una de las causas más relevantes que enfrenta la gestión anterior en la provincia del Chaco, y podría tener derivaciones políticas y judiciales de alto impacto. Con el aval de la Cámara, la investigación judicial entra ahora en una etapa clave.

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