DNU Futbol: los clubes podrán ser Sociedades Anónimas Deportivas
El presidente Javier Milei anunció este miércoles que las entidades deportivas podrán asumir la figura legal de Sociedades Anómimas Deportivas (SAD) en una decisión contraria a lo establecido en el Estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), estipula la condición de «asociación civil sin fines de lucro» como un requisito de admisión.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado este jueves en el marco de la emergencia económica decretada por el Gobierno dispuso un cambio en el artículo 19 bis de la norma N° 20.655, conocida como Ley del Deporte.
La modificación dispone que «se consideran asociaciones civiles deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, a las personas jurídicas previstas en el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, que tienen como objeto la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del deporte y la actividad física; y a las personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas reguladas en la Sección V de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias, que tienen como objeto social la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del deporte y la actividad física».
Esta medida se contrapone con lo escrito en el Estatuto de la AFA, en su artículo 9 sobre admisión, suspensión y expulsión. En ese apartado, se dispone que los clubes a incorporarse en carácter de invitados por la AFA deberán revestir el carácter de asociaciones civiles sin fines de lucro».
El DNU, sin embargo, indica que «no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta Ley y normas complementarias».
