Prisión preventiva para Claudia Romero: la acusaron de intentar matar a su expareja y agravaron la imputación por el vínculo

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La Justicia dictó este miércoles la prisión preventiva para Claudia Romero, investigada por el grave ataque que sufrió su expareja, Juan Cruz Silvero, en Resistencia. La mujer quedó imputada por tentativa de homicidio agravado por el vínculo, la calificación más grave aplicada hasta el momento en una causa que atravesó dos modificaciones desde que comenzó la investigación.

El expediente se inició por supuestas lesiones, posteriormente fue recalificado como homicidio en grado de tentativa y ahora incorporó el agravante derivado de la relación que Romero mantenía o había mantenido con Silvero.

El agravante está contemplado en el artículo 80, inciso 1°, del Código Penal, que comprende los homicidios contra el cónyuge, excónyuge o una persona con quien se mantiene o se mantuvo una relación de pareja, haya existido convivencia o no.

Con la prisión preventiva conocida este miércoles 16 de septiembre, Romero continuará privada de su libertad mientras avanza la investigación.

El ataque y la primera versión

El caso comenzó la noche del 24 de agosto , alrededor de las 21.15, en una vivienda ubicada sobre calle Honestidad, entre Montevideo y La Paz, en Resistencia.

Juan Cruz Silvero, de 27 años, resultó con quemaduras de segundo grado y debió ser trasladado al Hospital Julio C. Perrando. Las primeras actuaciones indicaban lesiones en ambas manos, piernas y uno de sus muslos.

En un primer momento, la denuncia y los partes policiales consignaron que Romero le habría arrojado agua hirviendo  durante una discusión. Bajo esa hipótesis inicial, la causa comenzó a tramitarse por supuestas lesiones y la Fiscalía ordenó la aprehensión de la mujer.

Romero permaneció varios días sin ser localizada hasta que fue detenida el 28 de agosto, en inmediaciones de las calles Montevideo y La Paz. Quedó alojada a disposición de la Fiscalía de Investigación Penal N°10, a cargo de Lilian Irala.

Pero mientras avanzaban las actuaciones apareció un dato que modificó sustancialmente la reconstrucción del episodio: no habría sido agua hirviendo De acuerdo con información incorporada posteriormente al expediente, Silvero se encontraba cocinando cuando Romero presuntamente arrojó alcohol o un líquido combustible hacia el sector donde había fuego , lo que habría generado el fogonazo que alcanzó al joven. Esa nueva hipótesis desplazó la primera versión asentada en las actuaciones policiales.

Primera agravación: de lesiones a tentativa de homicidio

El primer cambio sustancial en la situación judicial de Romero llegó a comienzos de septiembre. La causa había comenzado por supuestas lesiones , pero la Fiscalía modificó la imputación y pasó a investigar el hecho como homicidio en grado de tentativa .

La nueva calificación implicó que la hipótesis de la acusación dejó de limitarse a una conducta dirigida a provocar lesiones y comenzó a considerar que el hecho habría estado orientado a causar la muerte de Silvero, aunque ese resultado finalmente no se produjo.

El artículo 42 del Código Penal define la tentativa cuando una persona comienza la ejecución de un delito determinado pero no logra consumarlo por circunstancias ajenas a su voluntad.

Para entonces, Silvero continuaba bajo tratamiento por las graves quemaduras y debía ser sometido a nuevas intervenciones para la colocación de implantes de piel.

Un testigo clave sobre el combustible 

Con el avance de la investigación comenzaron las declaraciones testimoniales destinadas a reconstruir qué había ocurrido durante los minutos previos al incendio.

Uno de los testimonios considerados relevantes fue el de un amigo de Silvero que se encontraba en el lugar al momento del episodio. Su declaración permitió profundizar la mecánica que ya investigaba la Fiscalía y volvió a poner el foco sobre el líquido inflamable utilizado durante el ataque.

Según la reconstrucción incorporada posteriormente a la causa, Silvero se encontraba cocinando cuando Romero llegó al lugar y se produjo el episodio que terminó con el joven envuelto por las llamas.

El punto adquirió especial relevancia para determinar si el combustible se encontraba casualmente en el sitio o si había sido llevado hasta allí, una circunstancia que podía aportar elementos para analizar la intencionalidad atribuida a la acusada.

Mientras tanto, la situación médica de Silvero también fue determinante para el avance del expediente. Las quemaduras, inicialmente informadas en manos y piernas, requirieron internación, intervenciones quirúrgicas y seguimiento en el Hospital Perrando.

Segunda agravación: el vínculo entre ambos

La segunda modificación de importancia se concentró en la relación que existía entre víctima y acusada. A la figura de tentativa de homicidio se incorporó finalmente el agravante por el vínculo, y bajo esa calificación se dictó ahora la prisión preventiva de Claudia Romero.

De esta manera, el recorrido de la causa puede resumirse en tres etapas: comenzó como una investigación por lesiones , pasó luego a homicidio en grado de tentativa  y terminó, hasta el momento, bajo la figura de tentativa de homicidio agravado por el vínculo .

El Código Penal establece expresamente que el agravante comprende no solamente al cónyuge o excónyuge, sino también a quien mantiene o mantuvo una relación de pareja con la víctima, independientemente de que hayan convivido.