Cuota Simple: los detalles del plan que oficializó el Gobierno para comprar con tarjeta

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El programa que comenzará a regir desde febrero es el reemplazo al reconocido plan Ahora 12 del gobierno anterior.
Desde el primero de febrero se pondrá en marcha el nuevo Cuota Simple, el plan fomento al consumo que el gobierno laza para reemplazar al Ahora 12. Esta primera etapa estará vigente hasta el 31 de mayo de 2024.

El esquema contará con financiamiento en 3 y 6 cuotas, con una tasa equivalente al 85% de la que tiene como referencia para los plazos fijos el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Los consumidores podrán acceder a sus compras en cuotas dentro de un universo que abarca 30 categorías de productos de fabricación nacional.

A través de la resolución 50/2204 la Secretaría de Comercio, publicado en el Boletín Oficial, aprobó “el Reglamento Unificado del Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “CUOTA SIMPLE”.

Segú indica la misma, al plan podrán adherir los establecimientos que califiquen como “Supermercados”, “Hipermercados” o “Tiendas de Rubros Generales” con tres y seis cuotas que ofrezcan bienes de producción nacional.
El programa tendrá alcance nacional, estará disponible todos los días de la semana tanto en tiendas físicas como virtuales que se encuentren adheridas.

PRODUCTOS INCLUIDOS
· Línea Blanca. Comprende únicamente los siguientes productos: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.

· Indumentaria. Comprende los siguientes productos: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.

· Calzado y Marroquinería. Comprende los siguientes productos: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.

· Teléfonos celulares con tecnología 4G.

· Muebles. Comprende todos los muebles para el hogar.

· Bicicletas. Comprende todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.

· Motos. Comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000).

· Servicios Educativos. Comprende cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.

· Colchones. Comprende colchones y sommiers.

· Libros. Comprende textos escolares y libros.

· Anteojos y Lentes de Contacto. Comprende anteojos recetados y lentes de contacto, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a $97.000.

· Artículos de Librería. Comprende artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).

· Juguetes y Juegos de Mesa. Comprende todos los productos.

· Servicios Técnicos de Electrónica y Electrodomésticos para el Hogar.

· Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.

· Instrumentos Musicales.

· Computadoras, Notebooks y Tablets.

· Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED (lightemitting diode).

· Televisores y monitores.

· Perfumería. Comprende productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.

· Pequeños Electrodomésticos.

· Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.

· Equipamiento Médico. Comprende los instrumentos que a continuación se detallan: Equipos de terapia respiratoria (Aparatos de oxigenoterapia, Aparatos de aerosolterapia -nebulizadores-); Mobiliario (camas ortopédicas, Ayudas para el baño: sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción); Sillas de ruedas; Ortesis, ortopedia y sus partes (Prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas). Se establece un tope para el rubro de ($ 1.160.000.

· Maquinaria y Herramientas. Comprende los taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.

· Espectáculos y Eventos culturales. Comprende obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establece un tope de $ 62.000.

· Elementos durables de cocina. Comprende ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.

· Servicios de Reparación de Vehículos Automotores y Motocicletas.

· Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.

· La resolución aclaró que “los bienes y servicios detallados en los incisos precedentes podrán ser ampliados, reducidos o modificados por la Autoridad de Aplicación”.