Casi tres años sin ir a trabajar: echaron a un agente de Salud condenado por violencia de género
Mediante el Decreto N° 2463/26, rubricado por el gobernador Leandro Zdero junto al ministro de Salud, Ricardo Mayol, y el secretario general de la Gobernación, Julio César Ferro, el Poder Ejecutivo provincial dispuso la cesantía del agente I.A.N., quien revistía la categoría de Personal de Servicio en el Hospital «Dr. Julio C. Perrando» .
La medida concluye un sumario administrativo iniciado a finales de 2023 por la Dirección del nosocomio , tras detectarse inasistencias reiteradas e injustificadas desde el 8 de marzo de 2023 . Dichas ausencias fueron encuadradas bajo la figura legal de abandono de servicio, perfeccionada al acumularse el sexto día consecutivo de inasistencia sin aviso ni justificación legal .
Antecedentes y condena penal
Según consta en el instrumento oficial, de forma paralela a las actuaciones administrativas se incorporó información sobre la situación penal del agente . El 10 de marzo de 2023, el Equipo Fiscal N° 5 había ordenado su detención por presunta violencia de género .
Posteriormente, la Justicia penal dictó sentencia condenatoria imponiéndole nueve meses de prisión efectiva por la comisión del delito de Violación de Domicilio en Concurso Ideal con Desobediencia Judicial (dos hechos) . Al unificarse dicha condena con una pena previa acumulada —cuyos beneficios de condicionalidad fueron revocados—, la pena única unificada se fijó en 3 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo .
Autonomía del proceso administrativo
El decreto aclara que el abandono de servicio no se configura por la condena penal, sino por las inasistencias injustificadas constatadas en los antecedentes administrativos. Según el análisis oficial, la causal quedó configurada el 16 de marzo de 2023, cuando el agente acumuló seis inasistencias hábiles consecutivas sin aviso ni justificación.Luego las ausencias se prolongaron durante más de dos años. El agente mantenía sus haberes retenidos desde el 15 de marzo de 2023 .
Tras dar intervención a la Dirección de Sumarios y contar con el aval de la Asesoría General de Gobierno mediante el Dictamen N° 610/26, se determinó que se configuraron las faltas graves previstas en los Artículos 21 y 22 de la Ley N° 292-A (Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial) , aplicando en consecuencia la medida expulsiva de la administración pública .
